El Silenciamiento Institucional del Movimiento Comunal
Redacción Enlace/Informe de Revisión CONADECO
- La Fuerza Viva de los Territorios: Las Asociaciones de Desarrollo como Motores Democráticos y no Simples Ejecutores Presupuestarios
- Reducir a las más de 3.000 asociaciones comunales a meras administradoras de obras despoja a Costa Rica de su verdadera gobernanza participativa y de su capacidad genuina de transformación local.
Con más de 417.000 personas afiliadas activamente y distribuidas en más de 3.000 asociaciones (entre integrales y específicas) en todos los cantones y territorios, el movimiento comunal amparado bajo la Ley N.° 3859 no es un simple apéndice administrativo del Estado. Históricamente, estas organizaciones han sido el motor de la democracia viva en Costa Rica, encargadas de estimular la participación ciudadana, planificar el desarrollo local y ejecutar proyectos socio productivos y de infraestructura para mejorar las condiciones de vida de las comunidades.
Para financiar este mandato, la legislación estipula la asignación de un recurso equivalente al 2% de la recaudación del Impuesto sobre la Renta, cuyos montos globales exactos liquidados y distribuidos por DINADECO varían anualmente en función de la ejecución presupuestaria del Estado y el cumplimiento de los requisitos técnicos de las organizaciones.
Sin embargo, un análisis detallado al Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública (PNDIP) 2027-2030 de la administración Fernández Delgado revela una profunda contradicción que empobrece este rol: mientras el Estado utiliza masivamente a las asociaciones como brazos operativos en los territorios, las relega por completo de la deliberación política y los espacios de consulta oficial. El reciente informe de revisión elaborado por el equipo asesor de la Confederación Nacional de Asociaciones de Desarrollo (CONADECO) pone al descubierto los vacíos críticos en materia de gobernanza multinivel que amenazan con desnaturalizar la labor comunal.
La ilusión de la consulta ciudadana: ¿Dónde están las bases comunales?
De acuerdo con el MIDEPLAN, el PNDIP se formuló tras un amplio proceso participativo que incluyó cuatro consultas diferenciadas entre marzo y mayo de 2026: consulta ciudadana general, consulta a ONGs y grupos de interés, consulta a actores regionales (AREDES y CIR) y consulta a sectores estratégicos gubernamentales. No obstante, el análisis riguroso de los documentos oficiales revela un hecho alarmante: 0 Menciones —un registro explícito de cero rastro o referencia a la Ley N.º 3859 o a CONADECO en los mecanismos de consulta formal del plan—.
Esta exclusión evidencia una desconexión peligrosa. El movimiento comunal agrupa a cientos de organizaciones que conocen de primera mano las urgencias locales. Dejar fuera a sus líderes de la construcción de la hoja de ruta estatal debilita el principio de gobernanza participativa y despoja a las comunidades de su capacidad para incidir políticamente en el rumbo del país.
La trampa del ejecutor invisible: Útiles para la obra, excluidas de la transformación
El informe de CONADECO señala una preocupante paradoja institucional. El PNDIP reconoce a las asociaciones únicamente en su rol instrumental: como entidades idóneas para el financiamiento y la ejecución de proyectos socio productivos y de infraestructura comunal, especialmente vinculados al combate de la pobreza y el desarrollo local.
Como bien advierte el equipo asesor de CONADECO:
“El PNDIP no desarrolla la dimensión institucional del movimiento comunal, su estructura organizativa, su fundamento en la Ley N.º 3859 ni su articulación con DINADECO. Esto constituye una diferencia importante entre reconocer proyectos ejecutados por asociaciones y reconocer al movimiento comunal organizado como actor institucional del desarrollo nacional.”
En el papel, el Estado asigna metas cuantitativas, como la atención de 400 comunidades a través de DINADECO mediante el programa de transferencias de capital. Sin embargo, al despojar al movimiento comunal de su estatus político, deliberativo y de verdadero motor de cambio, se le reduce a un simple «contratista social» del Estado y a un ejecutor de presupuestos sumamente limitados, traicionando su origen democrático consagrado en la legislación nacional.
Hacia un futuro democrático: Del contrato a la co-creación
La ausencia de una arquitectura institucional que articule formalmente a las uniones cantonales, zonales y federaciones con los planes nacionales genera vacíos de gobernanza peligrosos. Cuando las políticas públicas se diseñan desde escritorios centrales —incluso con consultas regionales limitadas a 120 representantes selectos— se incrementa la brecha territorial fuera del Gran Área Metropolitana.
Este escenario plantea un llamado de atención urgente. Las asociaciones de desarrollo no deben ser vistas como simples ventanillas para gastar partidas presupuestarias exiguas, ni las comunidades deben ser consultadas solo para validar decisiones ya tomadas desde arriba. Su verdadera naturaleza es la de ser motores democráticos y co-creadoras de su propio desarrollo. Defender su rol político es garantizar que la democracia local en Costa Rica siga viva desde los cimientos.
Referencias y fuentes documentales:
- Informe de revisión: Presencia de organizaciones comunales y DINADECO en el PNDIP 2027-2030, Confederación Nacional de Asociaciones de Desarrollo (CONADECO), Equipo Asesor (MSc. José Gabriel Román Madrigal), 31 de agosto de 2026.
- https://www.mideplan.go.cr/pndip-2027-2030. Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública (PNDIP) 2027-2030 Braulio Carrillo Colina, Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN).
- https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=38715¶m2=143175¶m3=1 Marco normativo e institucional: Ley N.° 3859 (Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad) y sus regulaciones sobre autonomía, fomento participativo y fines democráticos del movimiento comunal.





















